Articulo 19 Memoria Democrática
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 19. Protocolos de actuación.
Vigente
Las actividades de localización, exhumación e identificación de restos de personas desaparecidas se realizarán siguiendo los oportunos protocolos adoptados por las administraciones públicas competentes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-10-2022 en vigor desde 21-10-2022