Articulo 19 Medidas ante el reto demográfico y territorial
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»Artículo 19. Interés general por razones demográficas.
Vigente
1. El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente, podrá declarar motivadamente la declaración de interés general, que llevará implícita la declaración de interés social, a los efectos señalados en la normativa reguladora de la expropiación forzosa, para aquellos proyectos o actuaciones que puedan generar una significativa incidencia positiva en las zonas más vulnerables al fenómeno demográfico.
2. El Consejo de Gobierno podrá incorporar a la declaración de interés general, en función de las circunstancias concurrentes en cada caso, otros efectos adicionales al indicado en el apartado anterior.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-03-2022 en vigor desde 22-03-2022