Articulo 19 Medidas Fisca... de Madrid

Articulo 19 Medidas Fiscales y Administrativas 2003 de Madrid

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 19. Modificación parcial de la Ley 6/1991, de 4 de abril, de Creación del Consejo Económico y Social de la Comunidad de Madrid.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se adiciona un artículo 19 bis a la Ley 6/1991, de 4 de abril, de Creación del Consejo Económico y Social de la Comunidad de Madrid, con el siguiente tenor literal:

«Artículo 19 bis.

El asesoramiento jurídico del Consejo Económico y Social en materia de personal, contratación y cualquier otro asunto de carácter administrativo, así como la representación y defensa en juicio, corresponderá a los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-06-2004 en vigor desde 02-06-2004