Articulo 19 Medidas fisca...e Cataluña

Articulo 19 Medidas fiscales y administrativas 2002 de Cataluña

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Artículo 19. Plazos de pago de cuotas impagadas por los conceptos del canon de infraestructura hidráulica y de incremento de la tarifa de saneamiento

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1. Las cuotas impagadas por los sujetos pasivos del incremento de la tarifa de saneamiento y del canon de infraestructura hidráulica, correspondientes a importes facturados a usuarios domésticos por entidades suministradoras de agua, que han sido debidamente justificadas al organismo gestor con posterioridad a 1 de enero de 1999, deben hacerse efectivas en los plazos establecidos por la normativa vigente de recaudación.

2. Sin perjuicio de lo establecido por el apartado 1, los aplazamientos y los fraccionamientos de pago de la deuda deben tramitarse, de forma excepcional, sin intereses.

3. En el caso de falta de pago o de pago fuera de plazo de alguna de las fracciones, se declaran vencidos los demás plazos, que deben ser exigidos por la vía de apremio, de acuerdo con lo establecido por la normativa aplicable a los tributos de la Generalidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2002 en vigor desde 01-01-2003