Articulo 19 Medidas fiscales y administrativas 1999 de Andalucía
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Artículo 19. Régimen sancionador.

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(DEROGADO)

Las infracciones tributarias en relación con el recargo previsto en esta Ley serán calificadas y sancionadas con arreglo a lo dispuesto en la Ley 1/1998, de 26 de febrero, de Derechos y Garantías de los Contribuyentes, la Ley General Tributaria y demás disposiciones que las desarrollen o complementen.