Articulo 19 Interoperabil...de cánones

Articulo 19 Interoperabilidad de sistemas de telepeaje de carretera e intercambio transfronterizo de información sobre impago de cánones

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Artículo 19. Organismos notificados

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1. Los Estados miembros notificarán a la Comisión y a los demás Estados miembros los organismos encargados de efectuar el procedimiento de evaluación de la conformidad con las especificaciones o la idoneidad para su uso previstos en el acto de ejecución a que se refiere el artículo 15, apartado 7, indicando para cada uno de ellos su ámbito de competencia y los números de identificación obtenidos previamente de la Comisión. Esta publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea la lista de estos organismos con su correspondiente número de identificación, así como sus ámbitos de competencia, y se encargará de su actualización.

2. Los Estados miembros aplicarán los criterios previstos en los actos delegados a que se refiere el apartado 5 del presente artículo para evaluar qué organismos van a ser notificado. Se considerará que cumplen dichos criterios los organismos que cumplan los criterios de evaluación previstos en las normas europeas aplicables.

3. Los Estados miembros retirarán la acreditación a los organismos que dejen de cumplir los criterios previstos en los actos delegados a que se refiere el apartado 5 del presente artículo. Informarán de ello inmediatamente a la Comisión y a los demás Estados miembros.

4. Si un Estado miembro o la Comisión considera que un organismo notificado por otro Estado miembro no cumple los criterios previstos en los actos delegados a que se refiere el apartado 5 del presente artículo, someterá el asunto al Comité de Telepeaje a que se refiere el artículo 31, apartado 1, que dictaminará en un plazo de tres meses. A la vista del dictamen de dicho Comité, la Comisión informará al Estado miembro que notificó al organismo en cuestión sobre los cambios necesarios para que el organismo notificado pueda conservar el estatuto que tiene concedido.

5. La Comisión adoptará actos delegados de conformidad con el artículo 30, a más tardar el 19 de octubre de 2019, para establecer los criterios mínimos de selección de los organismos notificados.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-03-2019 en vigor desde 18-04-2019