Articulo 19 Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros
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»Artículo 19. Requisitos de los miembros del Gobierno.
Vigente
Para ser miembro del Gobierno se requiere ser español, mayor de edad, disfrutar de los derechos de sufragio activo y pasivo, así como no estar inhabilitado para ejercer empleo o cargo público por sentencia judicial firme.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-11-2003 en vigor desde 03-12-2003