Articulo 19 Función pública de C León

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Artículo 19. Planes de Empleo.

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1. La Administración de la Comunidad de Castilla y León podrá elaborar planes de empleo, referidos tanto a personal funcionario como laboral, que contendrán de forma conjunta las actuaciones a desarrollar para la óptima utilización de los recursos humanos en el ámbito a que afecten, dentro de los límites presupuestarios y de acuerdo con las directrices de política de personal.

Las actuaciones previstas para el personal laboral en los planes de empleo, se desarrollarán conforme a la normativa específica del ordenamiento jurídico laboral.

2. Los planes de empleo, que podrán afectar a una o varias Consejerías, Organismos o áreas administrativas, podrán contener las siguientes previsiones y medidas:

  1. Previsiones sobre modificación de estructuras organizativas y de puestos de trabajo.

  2. Suspensión de incorporaciones de personal externo al ámbito afectado, tanto las derivadas de oferta de empleo como de procesos de movilidad.

  3. Reasignación de efectivos de personal.

  4. Establecimiento de cursos de formación y capacitación.

  5. Autorización de concursos de provisión de puestos limitados al personal de los ámbitos que se determinen.

  6. Medidas específicas de promoción interna.

  7. Prestación de servicios a tiempo parcial.

  8. Necesidades adicionales de recursos humanos que habrán de integrarse, en su caso, en la oferta de empleo público.

  9. Otras medidas que procedan en relación con los objetivos del plan de empleo.

Las memorias justificativas de los planes de empleo contendrán las referencias temporales que procedan, respecto de las previsiones y medidas establecidas en los mismos.

3. El personal afectado por un plan de empleo, podrá ser reasignado en otras Administraciones Públicas en los términos que establezcan los convenios que, a tal efecto, puedan suscribirse entre ellas.

4. Los planes de empleo serán negociados con las Organizaciones Sindicales más representativas, en su ámbito respectivo, en las materias objeto de negociación conforme la legislación vigente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-05-2005 en vigor desde 01-07-2005