Articulo 19 desarrollo pa...o Español-

Articulo 19 desarrollo parcial de la Ley 16/1985 -Patrimonio Histórico Español-

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Artículo 19.

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El citado Real Decreto, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, cancelará la inscripción del bien en el Registro General de Bienes de Interés Cultural.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-01-1986 en vigor desde 29-01-1986