Articulo 19 Consolidación de disposiciones legales en materia de impuestos propios y tributos cedidos
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»Artículo 19. Hecho imponible.
Vigente
Constituye el hecho imponible de este impuesto el impacto visual y medioambiental que se produce por los elementos fijos destinados al suministro de energía eléctrica, así como los elementos fijos de las redes de comunicaciones telefónicas o telemáticas situados en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-10-2017 en vigor desde 31-10-2017