Articulo 19 Carta de Dere... de la UE.

Articulo 19 Carta de Derechos Fundamentales de la U.E.

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Artículo 19. Protección en caso de devolución, expulsión y extradición

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1. Se prohíben las expulsiones colectivas.

2. Nadie podrá ser devuelto, expulsado o extraditado a un Estado en el que corra un grave riesgo de ser sometido a la pena de muerte, a tortura o a otras penas o tratos inhumanos o degradantes.