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Articulo 19 Agilización administrativa, gestión y control de los fondos del instrumento europeo «Next Generation EU»

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Artículo 19.- Refuerzo del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Vigente

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1. En el seno del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias se creará una bolsa de empleados públicos, con independencia de su vínculo funcionarial, laboral o estatutario que, además de disponer del título de Licenciatura en Derecho o equivalente, cuenten con conocimientos y experiencia probada en materia de contratación pública dentro de los últimos diez años, y presenten su solicitud para formar parte de la misma.

2. Corresponderá al titular del órgano la asignación de los expedientes al personal integrante de la bolsa, en función de la capacidad y eficiencia demostrada en la resolución de los recursos que se vayan asignando a cada uno de los integrantes de la misma.

En ningún caso se podrán asignar asuntos propios de un departamento a personal que se encuentre adscrito a dicho departamento.

3. La asistencia al tribunal se deberá prestar fuera de la jornada ordinaria de trabajo y se retribuirá como gratificaciones por servicios extraordinarios, horas extraordinarias, o concepto equivalente en función de la clase de vínculo del empleado público. El gasto se imputará a los créditos consignados para tal finalidad en cada sección presupuestaria.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-08-2021 en vigor desde 05-08-2021