Articulo 189 ter Ordenación del Territorio y Urbanismo
Artículo 189 ter. Actos sujetos a declaración responsable o comunicación previa.
1. Quedan sujetos al régimen de declaración responsable o comunicación previa, a los efectos de su constancia, realización y control posterior, las siguientes actuaciones:
a) La realización de las obras ligadas al acondicionamiento de los locales para desempeñar la actividad comercial de conformidad con la normativa sectorial que resulte aplicable.
b) Aquellas obras de escasa entidad o dimensión que se determinen en las ordenanzas municipales correspondientes.
c) Cerramientos y vallados.
d) Carteles publicitarios visibles desde la vía pública.
e) Obras menores.
f) Trabajos previos a la construcción, tales como sondeos, prospecciones, catas y ensayos.
2. El régimen de declaración responsable no exime ni condiciona las facultades de inspección, control y sanción de la entidad local sobre las obras que no se ajusten a la legislación, al planeamiento o a la propia declaración responsable.