Articulo 188 sobre la mar...ón Europea

Articulo 188 sobre la marca de la Unión Europea

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Artículo 188. Tasas internacionales

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Cualquier tasa que se haya de abonar a la Oficina Internacional en virtud del Arreglo de Madrid deberá abonarse directamente a la misma.

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  • Texto Original. Publicado el 16-06-2017 en vigor desde 06-07-2017