Articulo 185 Haciendas Locales

Articulo 185 Haciendas Locales

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 185. Sujetos pasivos.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Son sujetos pasivos del impuesto las personas físicas y jurídicas, las herencias yacentes, las comunidades de bienes y demás entidades que, aun carentes de personalidad jurídica, constituyen una unidad económica o un patrimonio separado, que sean:

a) Titulares del derecho de propiedad de viviendas deshabitadas sobre las que no recaigan derechos reales de goce o disfrute.

b) Titulares de un derecho real de goce o disfrute sobre viviendas deshabitadas, cuando aquél no corresponda al propietario.