Articulo 181 Medidas fisc...or público

Articulo 181 Medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 181. RÉGIMEN DE CONTROL DE LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA ECOLÓGICA

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El régimen de control establecido en la presente sección se establece a fin de garantizar que los productos ecológicos se producen siguiendo los requisitos establecidos por el marco jurídico comunitario sobre producción ecológica.

A tal efecto, las actividades llevadas a cabo por los operadores en todas las fases de producción, preparación y distribución de productos ecológicos deben someterse a un sistema de control creado y gestionado de conformidad con las normas establecidas por el Reglamento (CE) 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril, sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-01-2014 en vigor desde 31-01-2014