Articulo 180 Tasas y precios públicos de Andalucía
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»Artículo 180. Beneficios fiscales.
Vigente
Estarán exentos del pago de la tasa aquellos sujetos pasivos que en ese mismo ejercicio hayan devengado una tasa por servicio de inspección en materia de autorizaciones ambientales integradas o unificadas de las instalaciones asociadas al vertido.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2021 en vigor desde 01-01-2022