Articulo 18 TR de la Ley de la Escuela Pública Vasca
Articulo 18 TR de la Ley ...lica Vasca

Articulo 18 TR. de la Ley de la Escuela Pública Vasca

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Artículo 18.

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El euskera y el castellano estarán incorporados obligatoriamente a los programas de enseñanza que se desarrollen en la escuela pública vasca, en orden a conseguir una capacitación real para la comprensión y expresión, oral y escrita, en las dos lenguas, de tal manera que al menos puedan utilizarse como lenguas de relación y uso ordinarios.