Articulo 18 Sistema e-CODEX

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Artículo 18. Modificaciones del Reglamento (UE) 2018/1726

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El Reglamento (UE) 2018/1726 se modifica como sigue:

1) El artículo 1 se modifica como sigue:

a) se inserta el apartado siguiente:

«4 bis. La Agencia se encargará del desarrollo y la gestión operativa, incluidas las evoluciones técnicas, del sistema informatizado para el intercambio electrónico transfronterizo de datos en el ámbito de la cooperación judicial en materia civil y penal (en lo sucesivo, sistema e-CODEX ).».

b) el apartado 5 se sustituye por el texto siguiente:

«5. Se podrá encargar a la Agencia la preparación, el desarrollo o la gestión operativa de sistemas informáticos de gran magnitud en el espacio de libertad, seguridad y justicia distintos de los contemplados en los apartados 3, 4 y 4 bis del presente artículo, incluidos los sistemas existentes, únicamente si así se establece en los actos jurídicos de la Unión pertinentes por los que se rigen dichos sistemas, basados en los artículos 67 a 89 del TFUE, teniendo en cuenta, si procede, la evolución de la investigación mencionada en el artículo 14 del presente Reglamento y los resultados de los proyectos piloto y de las pruebas de concepto mencionados en el artículo 15 del presente Reglamento.».

2) Se inserta el artículo siguiente:

«Artículo 8 ter

Funciones relacionadas con el sistema e-CODEX

En relación con el sistema e-CODEX, la Agencia desempeñará:

a) las funciones que le atribuye el Reglamento (UE) 2022/850 del Parlamento Europeo y del Consejo (*1);

b) funciones relacionadas con la formación sobre el uso técnico del sistema e-CODEX, incluido el suministro de material de formación en línea.

(*1) Reglamento (UE) 2022/850 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2022, relativo a un sistema informatizado para el intercambio electrónico transfronterizo de datos en el ámbito de la cooperación judicial en materia civil y penal (sistema e-CODEX), y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2018/1726 (DO L 150 de 31.5.2022, p. 1).».

3) En el artículo 14, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:

«1. La Agencia hará un seguimiento de los avances en investigación que sean pertinentes para la gestión operativa del SIS II, el VIS, Eurodac, el SES, el SEIAV, DubliNet, el ECRIS-TCN, el sistema e-CODEX y de otros sistemas informáticos de gran magnitud mencionados en el artículo 1, apartado 5.».

4) En el artículo 17, apartado 3, después del párrafo segundo se añade el párrafo siguiente:

«Las funciones relacionadas con el desarrollo y la gestión operativa del sistema e-CODEX a que se refieren el artículo 1, apartado 4 bis, y el artículo 8 ter se realizarán en Tallin (Estonia).».

5) En el artículo 19, el apartado 1 se modifica como sigue:

a) la letra ff) se sustituye por el texto siguiente:

«ff) aprobará informes sobre el funcionamiento técnico de:

i) el SIS con arreglo al artículo 60, apartado 7, del Reglamento (UE) 2018/1861 del Parlamento Europeo y del Consejo (*2) y al artículo 74, apartado 8, del Reglamento (UE) 2018/1862 del Parlamento Europeo y del Consejo (*3),

ii) el VIS con arreglo al artículo 50, apartado 3, del Reglamento (CE) n.º 767/2008 y al artículo 17, apartado 3, de la Decisión 2008/633/JAI,

iii) el SES con arreglo al artículo 72, apartado 4, del Reglamento (UE) 2017/2226,

iv) el SEIAV con arreglo al artículo 92, apartado 4, del Reglamento (UE) 2018/1240,

v) el ECRIS-TCN y la aplicación de referencia ECRIS con arreglo al artículo 36, apartado 8, del Reglamento (UE) 2019/816,

vi) los componentes de interoperabilidad con arreglo al artículo 78, apartado 3, del Reglamento (UE) 2019/817 y al artículo 74, apartado 3, de la Decisión (UE) 2019/818,

vii) el sistema e-CODEX con arreglo al artículo 16, apartado 1, del Reglamento (UE) 2022/850.

(*2) Reglamento (UE) 2018/1861 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de noviembre de 2018, relativo al establecimiento, funcionamiento y utilización del Sistema de Información de Schengen (SIS) en el ámbito de las inspecciones fronterizas, por el que se modifica el Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen y se modifica y deroga el Reglamento (CE) n.º 1987/2006 (DO L 312 de 7.12.2018, p. 14).

(*3) Reglamento (UE) 2018/1862 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de noviembre de 2018, relativo al establecimiento, funcionamiento y utilización del Sistema de Información de Schengen (SIS) en el ámbito de la cooperación policial y de la cooperación judicial en materia penal, por el que se modifica y deroga la Decisión 2007/533/JAI del Consejo, y se derogan el Reglamento (CE) n.º 1986/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo y la Decisión 2010/261/UE de la Comisión (DO L 312 de 7.12.2018, p. 56).».

b) la letra mm) se sustituye por el texto siguiente:

«mm) garantizará la publicación anual de:

i) la lista de las autoridades competentes autorizadas a consultar directamente los datos incluidos en el SIS con arreglo al artículo 41, apartado 8, del Reglamento (UE) 2018/1861 y el artículo 56, apartado 7, del Reglamento (UE) 2018/1862, junto con la lista de las oficinas de los sistemas nacionales del SIS (N.SIS) y de las oficinas Sirene con arreglo al artículo 7, apartado 3, del Reglamento (UE) 2018/1861 y al artículo 7, apartado 3, del Reglamento (UE) 2018/1862, respectivamente,

ii) la lista de las autoridades competentes con arreglo al artículo 65, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2226,

iii) la lista de las autoridades competentes con arreglo al artículo 87, apartado 2, del Reglamento (UE) 2018/1240,

iv) la lista de autoridades centrales con arreglo al artículo 34, apartado 2, del Reglamento (UE) 2019/816,

v) la lista de autoridades con arreglo al artículo 71, apartado 1, del Reglamento (UE) 2019/817 y al artículo 67, apartado 1, del Reglamento (UE) 2019/818,

vi) la lista de puntos de acceso e-CODEX autorizados con arreglo al artículo 7, apartado 1, letra h), del Reglamento (UE) 2022/850.».

6) En el artículo 27, apartado 1, se inserta la letra siguiente:

«d quater) el grupo consultivo e-CODEX;».