Articulo 18 Residuos y su Fiscalidad
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Artículo 18. Oficina de prevención de residuos e impulso a la economía circular.

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Tiempo de lectura: 2 min

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1. Se crea la Oficina de prevención de residuos e impulso a la economía circular, de naturaleza virtual en red, que actuará como dinamizador, asesor y gestor de las acciones previstas en el Plan de Residuos de Navarra para la prevención de residuos e impulsor de la economía circular.

2. La finalidad de la Oficina es el cumplimiento de los objetivos de prevención establecidos en el Plan de Residuos de Navarra vigente.

3. La Oficina dependerá del órgano de la Administración de la Comunidad Foral competente en materia de residuos. Las actividades de la Oficina estarán a disposición pública dentro de la web del Gobierno de Navarra.

4. Las funciones de la Oficina son las siguientes:

a) Promoción de la prevención de cara al cumplimiento de los objetivos del Plan de Residuos vigente.

b) Promoción de la preparación para la reutilización y reciclaje y otras formas de valorización material según el Plan de Residuos vigente.

c) Observatorio de datos de residuos y economía circular.

d) Búsqueda de alianzas entre los agentes involucrados en la gestión de residuos y colaboración con el Ente Público de Residuos de Navarra.

e) Creación y dinamización de mesas de trabajo sobre residuos.

f) Difusión y comunicación del seguimiento del Plan de Residuos vigente.

g) Canalización de consultas generales sobre residuos y economía circular.

5. En la realización de las actividades de la Oficina, además del Gobierno de Navarra como coordinador y responsable de la misma, participarán el Ente Público de Residuos de Navarra, las entidades locales y los gestores de residuos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-06-2018 en vigor desde 23-06-2018