Articulo 18 Requisitos para garantizar la seguridad de redes y servicios 5G
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 18. Cumplimiento de la normativa sobre inversiones extranjeras y sobre competencia.
Vigente
Las obligaciones establecidas en los artículos anteriores se entienden sin perjuicio de la aplicación de los instrumentos de control sobre inversiones extranjeras directas en los sujetos previstos en el artículo 4 que sean de nacionalidad española, así como de la aplicación de la normativa en materia de defensa de la competencia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-03-2022 en vigor desde 31-03-2022