Articulo 18 Reforma del E...e Canarias

Articulo 18 Reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias

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Artículo 18. Derecho a la orientación sexual.

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Los poderes públicos canarios reconocerán, de acuerdo con la ley, el derecho de las personas a su identidad de género y garantizarán la no discriminación por este motivo o por su orientación sexual.

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  • Texto Original. Publicado el 06-11-2018 en vigor desde 06-11-2018