Articulo 18 Presupuestos ...de Galicia

Articulo 18 Presupuestos generales para 2022 de Galicia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 18. Retribuciones de los altos cargos y otro personal directivo

Vigente

Tiempo de lectura: 3 min

Tiempo de lectura: 3 min


Uno. En el año 2022 las retribuciones del presidente, vicepresidente y consejeros y consejeras experimentarán un incremento del dos por ciento con respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2021, sin perjuicio de la percepción de catorce mensualidades de la retribución por antigüedad y de una cuantía equivalente a la retribución adicional al complemento de destino que les pueda corresponder de conformidad con la normativa vigente, quedando establecidas en las siguientes cuantías:

- presidente de la Xunta de Galicia: 79.651,68 euros

- vicepresidentes y consejeros y consejeras: 69.517,32 euros.

Dos. En el año 2022 las retribuciones de los altos cargos no experimentarán un incremento superior al dos por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2021, sin perjuicio de la percepción de catorce mensualidades de la retribución por antigüedad y de una cuantía equivalente a la retribución adicional al complemento de destino que les pueda corresponder de conformidad con la normativa vigente, quedando establecidas en las siguientes cuantías:

- secretarios y secretarias generales, secretarios y secretarias generales técnicos, directores y directoras generales, delegados y delegadas territoriales y asimilados: 61.493,74 euros.

Tres. En el año 2022 las retribuciones de los miembros del Consejo de Cuentas no experimentarán un incremento superior al dos por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2021, quedando, por lo tanto, establecidas en las siguientes cuantías, referidas a doce mensualidades:

- consejero o consejera mayor: 73.979,16 euros

- consejeros y consejeras: 69.517,32 euros.

Cuatro. En el año 2022 las retribuciones de los miembros del Consejo Consultivo de Galicia no experimentarán un incremento superior al dos por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2021, quedando, por lo tanto, establecidas en las siguientes cuantías, referidas a doce mensualidades:

- presidente o presidenta: 73.979,16 euros

- consejeros y consejeras: 69.517,32 euros.

Cinco. En el año 2022 las retribuciones de los miembros del Consejo de la Cultura Galega no experimentarán un incremento superior al dos por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2021, quedando, por lo tanto, establecidas en las siguientes cuantías, referidas a doce mensualidades:

- presidenta o presidente: 73.979,16 euros.

Seis. En el año 2022 las retribuciones del personal directivo al que se refiere el artículo 7 del Decreto 119/2012, de 3 de mayo, por el que se regulan las retribuciones y percepciones económicas aplicables a los órganos de gobierno o dirección y al personal directivo de las entidades del sector público autonómico, del restante personal previsto en ese decreto y de los altos cargos de las entidades públicas instrumentales de consulta y asesoramiento, no experimentarán un incremento superior al dos por ciento con respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2021.

Siete. Salvo en aquellos supuestos en los que, estando así contemplado en la normativa reguladora de la entidad, sean nombrados por decreto del Consejo de la Xunta de Galicia, la provisión de puestos directivos de las entidades instrumentales del sector público autonómico que no deban ser cubiertos necesariamente por personal funcionario requerirán de la autorización conjunta de los centros directivos competentes en materia de presupuestos y función pública. A estos efectos, habrá de adjuntarse un borrador del contrato a formalizar.