Articulo 18 Presupuestos 2021 Euskadi
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Artículo 18.- Variaciones de los presupuestos.

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1.- Las variaciones de presupuestos de los entes públicos de derecho privado, de las sociedades públicas y de las fundaciones del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, cuando aquellas vengan producidas por cualesquiera planes, programas y actuaciones significativas aprobadas por el Gobierno, serán autorizadas por el Departamento de Economía y Hacienda.

2.- El Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Economía y Hacienda, podrá autorizar las modificaciones presupuestarias de las entidades del sector público a las que se refiere el párrafo anterior cuando tengan su origen en la percepción de fondos de otras administraciones o entidades públicas y su destino sea la financiación condicionada de actuaciones en materias cuya competencia de ejecución corresponda a la Comunidad Autónoma. Asimismo, en el supuesto de que dichas actuaciones extendieran sus efectos a ejercicios posteriores, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Economía y Hacienda, podrá incrementar el estado de compromisos futuros aprobando nuevos compromisos o aumentando el importe de los autorizados.

3.- A los efectos de lo dispuesto en el artículo 98 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario de Euskadi, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2011, de 24 de mayo, corresponderá al Consejo de Gobierno la autorización de aquellas modificaciones en los presupuestos del Instituto Vasco de Finanzas derivadas de la financiación otorgada por el Banco Europeo de Inversiones para su aplicación al establecimiento de líneas de financiación destinadas a la promoción de la actividad económica de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como de la procedente de otras entidades del sector público de la Comunidad Autónoma para su aplicación a la herramienta financiera prevista en la disposición adicional quinta de la Ley 4/2019, de 21 de febrero, de Sostenibilidad Energética de la Comunidad Autónoma Vasca, o a la financiación de medidas de fomento de acciones y proyectos de sostenibilidad energética.