Articulo 18 Presupuestos 2019 Murcia

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Artículo 18. Ampliaciones de crédito: supuestos generales.

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Se consideran ampliables hasta una suma igual a las obligaciones que se vayan a reconocer, los créditos que se detallan a continuación:

a) Los destinados al pago de intereses, amortizaciones y gastos derivados de operaciones de crédito concertadas por la Comunidad Autónoma.

b) Las cuotas sociales a cargo de la Comunidad Autónoma, conceptos 160 y 176.

c) Los trienios o antigüedad derivados del cómputo del tiempo de servicios realmente prestados a la Administración.

d) Los destinados al pago de retribuciones del personal, en cuanto precisen ser incrementados como consecuencia de situaciones que vengan impuestas por ley o por sentencia firme.

e) Los destinados al pago de los gastos del capítulo 3 no incluidos en el apartado a) anterior.

f) Los destinados al pago de "indemnizaciones por asistencias a tribunales de oposiciones y concursos", subconcepto 233.00.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2018 en vigor desde 01-01-2019