Articulo 18 Presupuestos 2019 Murcia
Artículo 18. Ampliaciones de crédito: supuestos generales.
Se consideran ampliables hasta una suma igual a las obligaciones que se vayan a reconocer, los créditos que se detallan a continuación:
a) Los destinados al pago de intereses, amortizaciones y gastos derivados de operaciones de crédito concertadas por la Comunidad Autónoma.
b) Las cuotas sociales a cargo de la Comunidad Autónoma, conceptos 160 y 176.
c) Los trienios o antigüedad derivados del cómputo del tiempo de servicios realmente prestados a la Administración.
d) Los destinados al pago de retribuciones del personal, en cuanto precisen ser incrementados como consecuencia de situaciones que vengan impuestas por ley o por sentencia firme.
e) Los destinados al pago de los gastos del capítulo 3 no incluidos en el apartado a) anterior.
f) Los destinados al pago de "indemnizaciones por asistencias a tribunales de oposiciones y concursos", subconcepto 233.00.
- Texto Original. Publicado el 28-12-2018 en vigor desde 01-01-2019