Articulo 18 Presupuestos 2011 Galicia
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Artículo 18º.-Retribuciones de las personas titulares de las delegaciones de la Xunta de Galicia en el exterior.

Vigente

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Las cuantías de las retribuciones de las personas titulares de las delegaciones de la Xunta de Galicia en el exterior para el año 2011 no podrán experimentar ningún incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre del año 2010, resultantes de la aplicación, en términos anuales, de la reducción de retribuciones establecidas por la Ley 3/2010, de 23 de junio, por la que se modifica la Ley 9/2009, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2010, sin perjuicio del derecho a las indemnizaciones, dietas y aplicación de coeficientes por razón de servicio que pudieran corresponderles por residencia en el extranjero. Asimismo tendrán derecho a percibir los trienios que pudieran tener reconocidos como personal funcionario y personal al servicio de las administraciones públicas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2010 en vigor desde 01-01-2011