Articulo 18 organización y desarrollo de los espectáculos públicos y las actividades recreativas
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»Artículo 18. Ineficacia de las condiciones especiales de admisión
Vigente
Las condiciones especiales de admisión que incumplan lo dispuesto en el artículo 13.2 de la Ley de espectáculos públicos y actividades recreativas de Galicia no producirán ningún efecto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-01-2023 en vigor desde 19-02-2023