Articulo 18 Ordenacion de...e La Rioja

Articulo 18 Ordenacion del Territorio y Urbanismo de La Rioja

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Artículo 18. Concepto y finalidad.

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1. La Estrategia Territorial de La Rioja es el instrumento de planificación estratégica de la Comunidad Autónoma de La Rioja que comprende el conjunto de criterios, directrices y guías de actuación sobre la ordenación física del territorio, los recursos naturales, las infraestructuras, el desarrollo espacial y urbano, las actividades económicas y residenciales, los grandes equipamientos y la protección del patrimonio cultural.

2. La Estrategia Territorial de La Rioja persigue las siguientes finalidades:

  1. Formular el conjunto de criterios y normas que orienten y regulen los procesos de asentamiento en el territorio de las distintas actividades económicas y sociales de los agentes, públicos y privados, que operen en dicho ámbito.

  2. Establecer y suministrar las previsiones y los criterios básicos para la formulación de las políticas sectoriales orientadas a la mejora de la calidad de vida.

  3. La integración coordinada de la Estrategia Territorial de La Rioja con la propia de las regiones de la Unión Europea, de acuerdo con la estrategia territorial común de ésta.

  4. La coordinación y cooperación de la política de desarrollo territorial con la programación de los recursos de la Administración del Estado que deban aplicarse en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

  5. Proponer las acciones territoriales que requiera la actuación conjunta con otras Comunidades Autónomas, ofreciendo las bases suficientes para celebrar los convenios o acuerdos de cooperación que resulten necesarios.

  6. La cooperación con y entre las entidades locales, los organismos representativos de éstas y las entidades representativas de intereses económicos y sociales, para diseñar las políticas de carácter territorial o sectorial que sean de común interés.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-05-2006 en vigor desde 04-11-2006