Articulo 18 Ordenación sanitaria de La Mancha
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Articulo 18 Ordenación sanitaria de La Mancha

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Artículo 18. Concepto.

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El Sistema Sanitario de Castilla-La Mancha es el conjunto de funciones, actuaciones, centros, servicios, recursos y establecimientos sanitarios dependientes de los poderes públicos, o a ellos vinculados, en el territorio de la Comunidad Autónoma, que, partiendo de la prevención de las enfermedades y de la promoción de la salud, tienen como objetivo último la mejora del nivel de salud, tanto individual como colectiva, su mantenimiento y su recuperación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-12-2000 en vigor desde 19-01-2001