Articulo 18 Notificación ...mercantil

Articulo 18 Notificación y traslado de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil

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Artículo 18. Notificación o traslado por servicios postales

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Se podrá efectuar la notificación o el traslado de documentos judiciales directamente por servicios postales a las personas presentes en otro Estado miembro mediante carta certificada con acuse de recibo o equivalente.

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  • Texto Original. Publicado el 02-12-2020 en vigor desde 22-12-2020