Articulo 18 Memoria Histórica y Democrática de Andalucía
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Artículo 18. Fosas comunes en cementerios.

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La Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería competente en materia de memoria democrática, y de acuerdo con las entidades locales, impulsará un protocolo de actuación para dignificar las fosas comunes de las víctimas y asegurar su conservación para ser exhumadas en los cementerios municipales.