Articulo 18 medidas urgentes para compensar la inflación en las Illes Balears
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»Artículo 18. Importe y forma de pago
Vigente
1. El importe de la ayuda autonómica para las personas beneficiarias es el equivalente a dos anualidades del importe aprobado para 2022 para el Bono Social Térmico desde el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico.
2. Estos importes se pagarán directamente a la persona beneficiaria y en la cuenta bancaria en la que se hace efectivo el ingreso del Bono Social Térmico. Se puede hacer en un único pago o con más de uno, dentro del primer trimestre de 2023.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-11-2022 en vigor desde 08-11-2022