Articulo 18 Medidas fiscales, financieras y administrativas e impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos
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»Artículo 18. Modificación del título IV del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Vigente
Se modifica el apartado 5 del artículo 4.3-5 del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, que queda redactado del siguiente modo:
5. Por la expedición del documento de identificación equina (DIE o pasaporte) para équidos de crianza y renta:
5.1. Por la expedición del documento de identificación equina (DIE o pasaporte) para équidos de crianza y renta: 5 euros.
5.2. Por la expedición de un duplicado del documento de identificación equina (DIE o pasaporte) para équidos de crianza y renta: 10 euros.
5.3. Por la modificación de datos del documento de identificación equina (DIE o pasaporte) para équidos de crianza y renta: 2,5 euros.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-03-2012 en vigor desde 24-03-2012