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Articulo 18 Medidas Fiscales y Administrativas 2011 de Aragón

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Artículo 18. - Modificación de la Tasa 13 por autorizaciones, inspecciones y otras actuaciones en materia de centros y establecimientos sanitarios.

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1. Se modifican las Tarifas 14 y 15 del artículo 57 del Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, con la siguiente redacción.

«Tarifa 14. Autorizaciones administrativas y de apertura de centros, servicios y establecimientos sanitarios y por su inspección.

1. Autorizaciones administrativas de instalación de centros:

a) Hospitales: 321,12 euros.

b) Centros de 15 o más trabajadores sanitarios: 160,57 euros.

c) Centros con menos de 15 trabajadores sanitarios: 80,30 euros.

2. Por la tramitación administrativa de autorizaciones de modificación de centros:

a) Hospitales: 240,86 euros.

b) Servicios hospitalarios: 120,44 euros.

c) Centros de 15 o más trabajadores sanitarios: 80,30 euros.

d) Centros con menos de 15 trabajadores sanitarios: 40,13 euros.

2.1. Por la tramitación administrativa de autorizaciones de modificación de centros con instalaciones radiológicas:

a) Hospitales: 312,96 euros.

b) Servicios hospitalarios: 192,54 euros.

c) Centros de 15 o más trabajadores sanitarios: 152,40 euros.

d) Centros con menos de 15 trabajadores sanitarios: 112,23 euros.

2.2. Por la tramitación administrativa de autorizaciones de modificación de centros odontológicos y podológicos con instalaciones radiológicas:

a) Hospitales: 271,76 euros.

b) Servicios hospitalarios: 151,34 euros.

c) Centros de 15 o más trabajadores sanitarios: 111,20 euros.

d) Centros con menos de 15 trabajadores sanitarios: 71,03 euros.

2.3. Por la tramitación administrativa de autorizaciones de modificación de centros con instalaciones radiactivas:

a) Hospitales: 395,36 euros.

b) Servicios hospitalarios: 274,94 euros.

c) Centros de 15 o más trabajadores sanitarios: 234,80 euros.

d) Centros con menos de 15 trabajadores sanitarios: 194,63 euros.

3. Por la tramitación de la autorización administrativa para el cierre de centros: 40,13 euros.

4. Por la tramitación administrativa de autorizaciones de funcionamiento de centros:

a) Hospitales: 240,86 euros.

b) Servicios hospitalarios: 200,70 euros.

c) Centros de 15 o más trabajadores sanitarios: 160,57 euros.

d) Centros con menos de 15 trabajadores sanitarios: 100,36 euros.

4.1. Por la tramitación administrativa de autorizaciones de runcionamiento de centros con instalaciones radiológicas:

a) Hospitales: 312,96 euros.

b) Servicios hospitalarios: 272,80 euros.

c) Centros de 15 o más trabajadores sanitarios: 232,67 euros.

d) Centros con menos de 15 trabajadores sanitarios: 174,52 euros.

4.2. Por la tramitación administrativa de autorizaciones de funcionamiento de centros odontológicos y podológicos con instalaciones radiológicas:

a) Hospitales: 271,76 euros.

b) Servicios hospitalarios: 231,60 euros.

c) Centros de 15 o más trabajadores sanitarios: 191,47 euros.

d) Centros con menos de 15 trabajadores sanitarios: 131,26 euros.

4.3. Por la tramitación administrativa de autorizaciones de funcionamiento de centros con instalaciones radiactivas:

a) Hospitales: 395,36 euros.

b) Servicios hospitalarios 355,20 euros.

c) Centros de 15 o más trabajadores sanitarios: 315,07 euros.

d) Centros con menos de 15 trabajadores sanitarios: 254,86 euros.

4.4. Por la tramitación administrativa de autorizaciones de funcionamiento de vehículos destinados a trasporte sanitario: 56,21 euros.

5. Por la inspección de centros y servicios sanitarios a instancia de parte de los interesados: 97,44 euros.

5.1. Por emisión de certificados sobre datos del registro Autonómico de centros y servicios sanitarios: 6,00 euros.

6. Por la tramitación administrativa de autorizaciones de establecimientos sanitarios de óptica, ortopedia y audioprótesis:

a) Autorización de instalación y funcionamiento: 200,69 euros.

b) Autorización de modificaciones en lo referente a su emplazamiento: 200,69 euros.

c) Autorización de otras modificaciones: 40,13 euros.

d) Por la inspección a instancia de parte de los interesados: 100,36 euros.

7. Por la tramitación administrativa de autorizaciones para la fabricación de productos sanitarios a medida:

a) Autorización inicial: 401,40 euros.

b) Revalidación inicial: 200,69 euros.

c) Autorización de modificaciones en lo referente a su emplazamiento: 401,42 euros.

d) Autorización de otras modificaciones: 40,13 euros.

e) Autorización para la fabricación a medida y venta con adaptación en el sector ortoprotésico: 401,42 euros.

f) Por la inspección a instancia de parte de los interesados: 100,36 euros.

Tarifa 15. Comunicaciones de consultas profesionales:

1. Por la tramitación administrativa de autorizaciones administrativas de funcionamiento de consultas profesionales:

a) Con residuos sanitarios: 80,29 euros.

b) Sin residuos sanitarios: 40,13 euros.

2. Por la tramitación administrativa de funcionamiento de consultas podológicas con instalaciones radiológicas:

a) Con residuos sanitarios: 111,19 euros.

b) Sin residuos sanitarios: 71,03 euros.

3. Por la tramitación administrativa de modificación de consultas profesionales:

a) Con residuos sanitarios: 80,29 euros.

b) Sin residuos sanitarios: 40,13 euros.»

2. Se modifica el título de la Tarifa 16 del artículo 57 del Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, con la siguiente redacción:

«Tarifa 16. Tramitación de autorización de publicidad sanitaria.»

3. Se introduce una nueva Tarifa 17 en el artículo 57 del Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, con la siguiente redacción:

«Tarifa 17. Autorización de publicidad de productos sanitarios: 50 euros.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-03-2012 en vigor desde 20-03-2012