Articulo 18 Infraestructuras Agrícolas
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 18. Comisión Consultiva.
Vigente
La Comisión Consultiva de concentración parcelaria es un órgano colegiado compuesto por técnicos designados por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, representantes de las Entidades Locales y Comunidades de Regantes y partícipes en la concentración parcelaria. Colabora con el citado Departamento en la elaboración del Proyecto Básico y de las Bases de concentración parcelaria, disolviéndose una vez aprobadas éstas. Su composición y funcionamiento se desarrollarán reglamentariamente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-03-2002 en vigor desde 16-03-2002