Articulo 18 Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 18. Promesas de venta.
Vigente
La promesa de venta de bienes de cualquier naturaleza se entenderá siempre hecha a título oneroso y devengará el Impuesto en las condiciones establecidas en el apartado 6 del artículo 40 de esta Norma Foral.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-04-2003 en vigor desde 01-05-2003