Articulo 18 Depósito legal
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»Artículo 18. Infracciones leves.
Vigente
Constituyen infracciones leves.
a) La ausencia de constitución del depósito legal de una publicación objeto del mismo en los plazos y con el número de ejemplares que se requieren en esta ley.
b) La distribución de ejemplares de una publicación sujeta a depósito legal que carezca del número correspondiente o que no haya sido objeto de depósito.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-07-2011 en vigor desde 31-01-2012