Articulo 18 Creación del ...ransportes

Articulo 18 Creación del consorcio de transportes

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Artículo 18. Composición y funciones.

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1. La Comisión Ejecutiva es el órgano colegiado permanente de gobierno del Consorcio en los períodos entre sesiones plenarias del Consejo de Administración.

2. Está presidida por el director general competente en materia de transportes, y un representante del Ayuntamiento de Palma -en caso de adhesión al Consorcio ejerce su vicepresidencia.

3. La Comisión Ejecutiva está integrada por el director gerente del Consorcio y tres vocales designados por el Consejo de Administración entre sus miembros.

4. La Comisión Ejecutiva se reunirá cuantas veces resulte necesario para el desempeño de sus funciones y siempre antes de las sesiones del Consejo de Administración.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-06-2006 en vigor desde 23-06-2006