Articulo 18 Consell, por el que se desarrolla la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de la Generalitat, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental
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»Artículo 18. Régimen de suplencias.
Vigente
Las distintas Administraciones con representación en la Comisión designarán, en su caso, a los suplentes que deban intervenir en el caso de que, por motivos justificados, no pudieran acudir los miembros designados.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-09-2006 en vigor desde 21-09-2006