Articulo 18 Consejo Consultivo de Aragón
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»Artículo 18.-Del Pleno y de la Comisión.
Vigente
1. El Consejo Consultivo de Aragón actuará en Pleno y en Comisión.
2. El Pleno lo forman el Presidente y todos los miembros.
3. La Comisión la forman el Presidente y los miembros nombrados por ser juristas de reconocido prestigio y experiencia profesional.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-04-2009 en vigor desde 08-04-2009