Articulo 18 Condiciones m...tacionales

Articulo 18 Condiciones mínimas de habitabilidad y normas de diseño de las viviendas y alojamientos dotacionales

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Artículo 18.- Régimen sancionador.

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El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Decreto dará lugar a la aplicación del régimen sancionador previsto en la Ley 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda o norma que la sustituya.