Articulo 18 Caza de C. La Mancha
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»Artículo 18. Pruebas de aptitud del cazador.
Vigente
Reglamentariamente se establecerá el procedimiento a seguir en el examen necesario para la obtención de la licencia de caza por primera vez.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-03-2015 en vigor desde 01-04-2015