Articulo 18 Aportación económica de los usuarios a la financiación de los servicios por estancia en centros para la tercera edad
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»Artículo 18. Normas complementarias.
Vigente
En lo no establecido expresamente en esta Ley Foral, se estará a lo que disponga la Ley Foral 8/1988, de 26 de diciembre, de la Hacienda Publica de Navarra y demás normas que sean de aplicación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-01-2001 en vigor desde 10-01-2001