Articulo 18 Agencia de la UE para la Cooperación Judicial Penal -Eurojust-
Artículo 18. Responsabilidades del director administrativo
1. A efectos administrativos, el encargado de gestionar Eurojust será el director administrativo.
2. Sin perjuicio de las competencias del Colegio o del Consejo Ejecutivo, el director administrativo actuará de manera independiente en el desempeño de sus obligaciones y no pedirá ni recibirá instrucciones de ningún Gobierno u organismo.
3. El director administrativo será el representante legal de Eurojust.
4. El director administrativo será responsable de la ejecución de las funciones administrativas encomendadas a Eurojust, en particular:
a) la gestión diaria de Eurojust y la gestión de su personal;
b) aplicar las decisiones adoptadas por el Colegio y el Consejo Ejecutivo;
c) preparar el documento de programación a que se refiere el artículo 15, y enviarlo al Consejo Ejecutivo para su revisión;
d) aplicar el documento de programación a que se refiere el artículo 15, e informar de su aplicación al Consejo Ejecutivo y al Colegio;
e) preparar el informe anual sobre las actividades de Eurojust y presentarlo al Consejo Ejecutivo para su revisión y al Colegio para su adopción;
f) elaborar un plan de acción para realizar un seguimiento de las conclusiones de los informes de fiscalización internos y externos, las evaluaciones y las investigaciones, incluidos, entre otros, los del SEPD y los de la OLAF, además de informar de los avances registrados dos veces al año al Colegio, al Consejo Ejecutivo, a la Comisión y al SEPD;
g) elaborar una estrategia contra el fraude para Eurojust y presentarla al Consejo Ejecutivo para que proceda a su adopción;
h) elaborar el proyecto de reglamento financiero aplicable a Eurojust;
i) preparar la declaración provisional de ingresos y gastos de Eurojust y ejecutar su presupuesto;
j) ejercer, con respecto al personal de Eurojust, las competencias que el Estatuto de los funcionarios atribuye a la autoridad facultada para proceder a los nombramientos y que el régimen aplicable a los otros agentes atribuye a la autoridad facultada para celebrar los contratos de personal (en lo sucesivo, «las competencias de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos»);
k) garantizar que se presta el apoyo administrativo necesario para facilitar la labor operativa de Eurojust;
l) garantizar que se presta apoyo al presidente y los vicepresidentes en el ejercicio de sus funciones respectivas;
m) preparar un proyecto de propuesta de presupuesto anual de Eurojust, que revisará el Consejo Ejecutivo antes de su adopción por el Colegio.
- Texto Original. Publicado el 21-11-2018 en vigor desde 11-12-2018