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Articulo 18 Agencia de la UE para la Cooperación Judicial Penal -Eurojust-

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Artículo 18. Responsabilidades del director administrativo

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1. A efectos administrativos, el encargado de gestionar Eurojust será el director administrativo.

2. Sin perjuicio de las competencias del Colegio o del Consejo Ejecutivo, el director administrativo actuará de manera independiente en el desempeño de sus obligaciones y no pedirá ni recibirá instrucciones de ningún Gobierno u organismo.

3. El director administrativo será el representante legal de Eurojust.

4. El director administrativo será responsable de la ejecución de las funciones administrativas encomendadas a Eurojust, en particular:

a) la gestión diaria de Eurojust y la gestión de su personal;

b) aplicar las decisiones adoptadas por el Colegio y el Consejo Ejecutivo;

c) preparar el documento de programación a que se refiere el artículo 15, y enviarlo al Consejo Ejecutivo para su revisión;

d) aplicar el documento de programación a que se refiere el artículo 15, e informar de su aplicación al Consejo Ejecutivo y al Colegio;

e) preparar el informe anual sobre las actividades de Eurojust y presentarlo al Consejo Ejecutivo para su revisión y al Colegio para su adopción;

f) elaborar un plan de acción para realizar un seguimiento de las conclusiones de los informes de fiscalización internos y externos, las evaluaciones y las investigaciones, incluidos, entre otros, los del SEPD y los de la OLAF, además de informar de los avances registrados dos veces al año al Colegio, al Consejo Ejecutivo, a la Comisión y al SEPD;

g) elaborar una estrategia contra el fraude para Eurojust y presentarla al Consejo Ejecutivo para que proceda a su adopción;

h) elaborar el proyecto de reglamento financiero aplicable a Eurojust;

i) preparar la declaración provisional de ingresos y gastos de Eurojust y ejecutar su presupuesto;

j) ejercer, con respecto al personal de Eurojust, las competencias que el Estatuto de los funcionarios atribuye a la autoridad facultada para proceder a los nombramientos y que el régimen aplicable a los otros agentes atribuye a la autoridad facultada para celebrar los contratos de personal (en lo sucesivo, «las competencias de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos»);

k) garantizar que se presta el apoyo administrativo necesario para facilitar la labor operativa de Eurojust;

l) garantizar que se presta apoyo al presidente y los vicepresidentes en el ejercicio de sus funciones respectivas;

m) preparar un proyecto de propuesta de presupuesto anual de Eurojust, que revisará el Consejo Ejecutivo antes de su adopción por el Colegio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-11-2018 en vigor desde 11-12-2018