Articulo 179 Reglamento d...al General

Articulo 179 Reglamento de Procedimiento del Tribunal General

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 179. Partes autorizadas a presentar un escrito de contestación

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La parte recurrida y las partes en el procedimiento ante la Sala de Recurso distintas del recurrente presentarán sus escritos de contestación en un plazo de dos meses a partir de la notificación del recurso. En caso de que concurran circunstancias excepcionales, este plazo podrá ser prorrogado por el Presidente a instancia motivada de la parte interesada.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-04-2015 en vigor desde 01-07-2015