Articulo 179 Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales
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»Artículo 179. Traslado al interesado para formular alegaciones.
Vigente
1) Cumplimentadas las precedentes diligencias, el Instructor pondrá de manifiesto el expediente al interesado con carácter inmediato para que en el plazo de diez días alegue lo que estime pertinente a su defensa y aporte cuantos documentos considere de interés.
2) Se facilitará copia completa del expediente al interesado cuanto éste así lo solicite.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-01-2006 en vigor desde 21-01-2006