Articulo 178 TR de la Ley...s Públicos

Articulo 178 TR. de la Ley de Tasas y Precios Públicos

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Artículo 178. Cuota.

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La cuantía de la tasa será de 544,47 euros.

En el caso de tratarse de modificaciones sustanciales o renovación de la autorización, la cuantía de la tasa será del 50% del importe establecido en el párrafo anterior.