Artículo 178 Tasas y Precios Públicos de C. León
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 178. Sujeto pasivo.
Vigente
Son sujetos pasivos de la tasa, las personas físicas a quienes les sean expedidos los títulos por la Administración de la Comunidad de Castilla y León, al haber superado las diferentes etapas formativas tendentes a la obtención de la titulación de juventud.
Modificaciones
- Modificación realizada (178 (se añade)) por LEY 10/2009, de 17 de diciembre, de Medidas Financieras.
(BOCYL de 18-12-2009) en vigor desde 01-01-2010 - Texto Original. Publicado el 26-12-2001 en vigor desde 01-01-2010