Articulo 177 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de orga...ón de la Generalitat
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Articulo 177 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat

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Artículo 177

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Se modifica el artículo 56 de la Ley 5/2019, de 28 de febrero, de la Generalitat, de estructuras agrarias de la Comunitat Valenciana, que queda redactado como sigue:

Artículo 56. Decreto por el que se acuerda el inicio del procedimiento de reestructuración parcelaria

1. Realizado el estudio de viabilidad la conselleria competente en materia de agricultura, si estimara la procedencia de la reestructuración parcelaria propuesta, una vez evaluados los aspectos de legalidad, de oportunidad y de viabilidad técnica, así como los aspectos socioeconómicos y ambientales de la actuación, propondrá al Consell la aprobación del decreto por el que se acuerda el inicio del procedimiento de reestructuración parcelaria.

2. Dicho decreto contendrá los siguientes pronunciamientos:

a) Justificación del interés general de la actuación administrativa, en el marco de los artículos 37, 38 y 44 de la presente ley.

b) Declaración de utilidad pública y urgente ejecución de la reestructuración parcelaria.

c) Acuerdo motivado sobre el procedimiento ordinario o abreviado, a través del cual se desarrollará la reestructuración parcelaria pública.

d) Determinación del perímetro provisional de la zona de reestructuración, que podrá ser modificado por las inclusiones, rectificaciones o exclusiones que se acuerden de conformidad con el procedimiento de aprobación del perímetro de la reestructuración que se define en el artículo 57 de esta ley.

3. El decreto establecerá la obligatoriedad de que el proyecto de reordenación parcelaria y el plan de obras y mejoras territoriales de la reestructuración, se sometan a la tramitación ambiental, según la legislación vigente en la materia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2022 en vigor desde 01-01-2023