Articulo 176 TR de la ley...s públicas

Articulo 176 TR. de la ley de contratos de las administraciones públicas

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 176. Contratos menores.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


(DEROGADO)

Los contratos comprendidos en este Título tendrán la consideración de contratos menores cuando su cuantía no exceda de 2.000.000 de pesetas (12.020,24 euros) con excepción de aquéllos a los que se refiere el artículo 183.1.

Modificaciones